¿Por qué el Perú no es un Estado Laico?

Si partimos de la idea que -la Constitución ampara el derecho a la libertad de credo y de confesión-, para respaldar su “laicidad”, caemos en el hoyo del engaño y la falta de interpretación constitucional.
En primer lugar, lo que la Constitución menciona en el inciso tres del artículo dos es: “Toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias. No hay delito de opinión. El ejercicio público de todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden público”. Esto, de arranque, no significa que el estado reconozca su laicidad, lo anterior sólo corresponde a un único aspecto que la doctrina considera como propio de los estados laicos.

Aparte del respeto de la libertad de credo y de confesión, que cada uno de nosotros tiene la facultad de hacer cumplir, existen también, ciertos aspectos esenciales y fundamentales de la laicidad que el Estado no reconoce o simplemente no toma en cuenta; como la plena y absoluta autonomía del Estado frente a las religiones y, también, la igualdad de convicciones dentro de la sociedad.

Carlos Zafra, miembro de la Sociedad Secular Humanista del Perú, menciona que, respecto a la plena autonomía del Estado frente a las religiones, nuestro Estado está muy alejado de ella, puesto que financia actividades religiosas a través de rentas a las altas autoridades del clero, dando remuneraciones a los miles de profesores de religión en todos los colegios nacionales, que, por si acaso, son elegidos a dedo por la iglesia misma, así como los emolumentos, las exoneraciones y demás beneficios tributarios que recibe la institución católica y otros credos.

Y obviamente, esto, no beneficia en nada la productividad del país, como del contrario, sí ocurriría, si destinaríamos estos beneficios para promover la actividad científica o, por supuesto, la innovación.

Es más, podría decirse que ni siquiera en la propia estructura del Estado existe autonomía, ya que, como pocos saben, dentro de la organización del Ministerio de Justicia, existe un despacho con el nombre de “Dirección de Asuntos de la Iglesia Católica”, que es una completa estructura dentro del ministerio que está a disposición de las demandas y necesidades de la religión. ¿Qué pasaría si las más de 100 religiones reconocidas en nuestro país exigieran su propio despacho dentro de la estructura ministerial?

Respecto a la igualdad de convicciones dentro de la sociedad, sucede algo aún más preocupante, puesto que es indiscutible el hecho de que la religión católica pesa más en nuestro país que otra con menor número de fieles o, peor aún, frente a los que no creemos.

Ahora, desconocer el papel que la Iglesia ha tenido en la consolidación de nuestra república es, por supuesto, ignorar nuestra propia historia. Y este artículo, no va por ese lado. El punto está en que, desde que nos consolidamos como República hasta hoy, ha pasado mucho y, obviamente, los tiempos cambian.

Hoy en día los mismos representantes del clero son los que asumen posiciones políticas y las respaldan abiertamente. Esto, en un estado de derecho como el nuestro, se tiene que respetar, puesto que, quienes practican el catolicismo, tienen todo el derecho de mantener y guiarse por los preceptos de su iglesia, y esta tiene, también, todo el derecho de difundirlos como les plazca. Pero con su propio dinero, no con la de todos nosotros.

Quienes no compartimos la misma creencia tenemos el mismo derecho de que nuestros propios impuestos no auspicien un credo que, como ya sabemos, disminuye y rompe los esquemas de la libertad.

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